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IRAV vigente junio 2026: 2,47%  ·  Dato INE (marzo 2026)

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Subida mensual aplicable

Renta actual

Índice aplicado

Nueva renta

⚠️ Importante: la notificación debe ser fehaciente

Para que la subida sea legalmente exigible, debes notificarla por escrito con al menos un mes de antelación, indicando el porcentaje aplicado y el índice de referencia. Sin notificación correcta, la subida no es válida aunque el contrato lo permita.

Carta de notificación lista para enviar

¿Tu contrato tiene la cláusula de actualización correcta?

Sin la cláusula adecuada, el inquilino puede negarse a pagar la subida aunque el IRAV lo permita. Los contratos de LEGITIA incluyen la cláusula de actualización conforme al Art. 18 LAU y la Ley 12/2023.

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Preguntas frecuentes sobre el IRAV 2026

¿Qué es el IRAV y desde cuándo se aplica?

El IRAV (Índice de Referencia de Arrendamientos de Vivienda) es el índice oficial del INE que desde la Ley 12/2023 sustituye al IPC para actualizar las rentas de contratos de vivienda habitual firmados a partir del 26 de mayo de 2023. Se publica entre los días 10 y 15 de cada mes.

¿Cuál es el IRAV de junio 2026?

El IRAV vigente para actualizar rentas en junio 2026 es el 2,47%, publicado por el INE el 15 de abril de 2026 (dato de marzo 2026). Para aplicarlo en junio, debiste notificar al inquilino en mayo.

¿A qué contratos se aplica el IRAV?

Solo a contratos de vivienda habitual firmados a partir del 26 de mayo de 2023. Los contratos anteriores siguen con el IPC. Los contratos de temporada, turísticos, de habitaciones o locales comerciales no están sujetos al IRAV.

¿Cómo debo notificar la subida al inquilino?

Por escrito, con al menos un mes de antelación, indicando el porcentaje aplicado y el índice de referencia (IRAV o IPC). Es válido el burofax, el email con acuse de lectura, o una nota en el recibo del mes anterior. Sin notificación correcta, la subida no es exigible.

¿Qué pasó con el tope del 2% del RDL 8/2026?

El Real Decreto-ley 8/2026 estableció un tope del 2% entre el 21 de marzo y el 28 de abril de 2026. El Congreso lo derogó el 28 de abril. Desde el 29 de abril de 2026 vuelve a aplicarse el IRAV sin ese tope adicional.

¿El contrato necesita una cláusula específica para poder subir la renta?

Sí. El contrato debe incluir expresamente una cláusula de actualización de renta conforme al Art. 18 LAU. Sin esa cláusula, el propietario no puede aplicar ninguna subida aunque el IRAV lo permita. Los contratos de LEGITIA la incluyen de serie.